El numeral 68 del artículo 124 del Decreto 2282 de 1989 señala que los jueces deben dictar las sentencias en 40 días, contados desde que el expediente pasa al despacho para tal fin.
Sin embargo, la Sección Tercera del Consejo de Estado, en un auto de un proceso contra el Instituto de Seguros Sociales, señaló que actualmente se encuentra fallando los procesos que entraron para sentencia durante el primer semestre del 2004.
Además, la providencia señala que el artículo 18 de la Ley 446 de 1998 obliga a los jueces a dictar sentencia en el mismo orden en que hayan llegado los expedientes.
En una decisión reciente, la Sección indicó que la Ley 1285 del 2009, en su artículo 16, permite decidir sin sujeción al orden cronológico de turno los procesos en los que su decisión definitiva “entrañe solo reiteración de jurisprudencia”.
Vale la pena recordar que, hace dos semanas, el Consejo Superior de la Judicatura anunció que ampliaría medidas de descongestión en todo el país.
Tras un llamado de atención del Consejo de Estado por un aparente déficit de herramientas para evacuar procesos judiciales, el Consejo Superior de la Judicatura amplió los plazos para mantener las medidas de descongestión adoptadas en varios despachos.
La corporación prorrogó hasta el 30 de septiembre los cargos transitorios en este tribunal y varios despachos de las jurisdicciones administrativa, laboral, civil y penal, en ciudades como Cali, Medellín, Neiva, Florencia, Cúcuta, Bogotá, Pasto, Cartagena, Ibagué, Popayán, Armenia, entre otras.
La ampliación cobija algunos cargos de descongestión en tribunales y crea una nueva plaza transitoria por cada despacho de magistrado en la Corte Constitucional.
Además, precisa que los procesos que venían conociendo los jueces adjuntos que se suprimieron serán remitidos a las salas administrativas de los consejos seccionales de la Judicatura, para que sean sometidos a reparto, con el fin de equilibrar las cargas.
Las direcciones seccionales de Administración Judicial expedirán los correspondientes certificados de disponibilidad presupuestal para la prórroga de estas medidas, que garanticen que se cuenta con los recursos para su continuidad.
En enero pasado, la corporación prorrogó varios acuerdos que adoptaron medidas de descongestión en algunos despachos judiciales del país.
Tras un llamado de atención del Consejo de Estado por un déficit de herramientas para evacuar procesos judiciales, la corporación amplió los plazos para mantener las medidas de descongestión adoptadas en varios despachos.